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26 de junio de 2020

La Madrileña propone introducir en la región la caza de conejo con perro y sin armas

Caza conejo con perro
La Federación Madrileña de Caza presentará ante el Consejo de Medio Ambiente la propuesta de incluir una nueva modalidad en la provincia: la caza del conejo con perro y sin armas.

Esta práctica consiste en que un cazador o un grupo de cazadores, sin el empleo de armas de ningún tipo y acompañados exclusivamente por perros de caza (generalmente de raza podenco y maneto)  recorren los terrenos cinegéticos en busca de conejos para que sean capturadas por los perros.

Ayer se remitió el informe elaborado por el departamento jurídico de la Federación para incluir la caza de conejos con perros y sin armas, dentro de las modalidades cinegéticas.

El equipo técnico de la Federación Madrileña ha trabajado estrechamente con JOCAMA, la Sociedad de Cazadores con Podenco Andaluz y Maneto y Javier Calonge, quien realizó el primer borrador de la idea, para dar forma a la propuesta que será presentada en la Sección de Caza, del Consejo de Medio Ambiente que se celebrará el próximo 1 de julio.

Este tipo de caza es una modalidad tradicional en muchos lugares de la geografía española practicada en las Comunidades de Valencia, Andalucía, Extremadura, Murcia, Cataluña, Baleares, Canarias y estudiando su implantación la Comunidad de Castilla-La Mancha.

En la propuesta, además de justificar los motivos de su inclusión, se detallan las características que se deben contemplar al respecto:

  • Especie cinegética: conejo (Oryctolagus cunículus)
  • Práctica: Individual o en cuadrilla (máximo 4 personas)
  • Perros: Diversas razas de podencos y otros perros de caza, excluidos galgos.
  • Límite de perros: 6 por cazador y 8 por cuadrilla.
  • Para la caza del conejo con perro y sin armas no contabilizarán los cachorros menores de 11 meses, pero solo se permitirá un cachorro por cazador.
  • Se autorizará 1 acompañante o morralero por cada cazador.
  • Autorizado en periodo hábil. (General).
  • Fuera de período hábil, mediante autorización excepcional, con motivo de daños.
  • Aumento del número de perros a 6 por cazador en las zonas de entrenamiento destinadas en los cotos de caza.
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