La Asamblea de Madrid ha aprobado la nueva Ley de Caza y Pesca Fluvial que regula las actividades cinegética y piscícola en la Comunidad de Madrid y que viene rodeada de polémica por las críticas de los colectivos ecologistas y animalistas de la región.
Según el Gobierno Regional, "esta nueva legislación va a aumentar la seguridad jurídica del sector y se van a integrar en un único marco legal los aspectos esenciales de estas prácticas, que desempeñan un papel destacado como motores del desarrollo rural y de la lucha contra la despoblación".
Entre los nuevos aspectos que destaca el Ejecutivo, señala "que introduce medidas para mejorar la gestión de la fauna, como la creación de los Planes de Control Poblacional, una herramienta dirigida especialmente a los ayuntamientos para gestionar especies sobreabundantes como el jabalí o el conejo fuera de los periodos ordinarios de captura, y prevenir daños en los campos o cultivos".
En materia de seguridad se amplía la distancia mínima en la práctica cinegética respecto a núcleos de población de 100 a 150 metros, manteniendo el resto de las limitaciones vigentes. Además, fija por primera vez un tamaño mínimo general de 250 hectáreas para los cotos de caza, independientemente de la modalidad, con la excepción de la caza menor, que podrá autorizarse desde 50 hectáreas con justificación técnica.
En cuanto a la pesca, la Ley simplifica la regulación de las aguas, que quedarán reducidas a tres categorías: cotos, aguas en régimen especial y privadas.
La caza y pesca en MadridActualmente el 71 % de la superficie madrileña (572.254 hectáreas) está considerada terreno cinegético, con 45.044 licencias de caza en vigor. En cuanto a la pesca, hay 46.414 permisos activos y 34 tramos regulados que suman 347 kilómetros, gestionados parcialmente en colaboración con entidades locales.
La normativa moderniza del sector mediante la implantación de licencias digitales y procedimientos administrativos electrónicos, a fin de simplificar trámites y mejorar el seguimiento de la actividad.
Además, se actualiza el régimen sancionador: las infracciones leves se castigarán con multas de entre 200 y 1.000 euros; las graves, entre 1.000 y 10.000; y las muy graves, entre 10.000 y 80.000 euros.
Noticias relacionadas



0 comentarios :
Publicar un comentario