HAZ CLIC PARA CERRAR

4 de noviembre de 2015

Convocatoria para las subvenciones deportivas de Aranjuez

Deportes Aranjuez
Convocatoria y Bases Reguladoras para la concesión de subvenciones deportivas y ayudas a deportistas individuales destacados de la Delegación de Deportes de Aranjuez.

1.- Objeto

El objeto de las presentes bases es definir las condiciones y el procedimiento a seguir para la solicitud y concesión, en régimen de concurrencia competitiva, teniendo en cuenta los criterios de valoración establecidos y aprobados por el Consejo Municipal de Deportes, de las subvenciones a otorgar por el Ilustrísimo Ayuntamiento de Aranjuez destinadas a Clubes y Asociaciones deportivas, sin ánimo de lucro, por la promoción, fomento y/o difusión del deporte en todos los ámbitos durante el ejercicio 2015.
Serán subvencionables los gastos realizados por el beneficiario que se encuentren directa y objetivamente relacionados con el objeto de la subvención en las presentes bases, así como en las condiciones establecidas en la Ordenanza General de Subvenciones municipal, aprobada por acuerdo plenario de fecha 20 de enero de 2006.
2.- Actividades y competiciones susceptibles de subvención

Se articulan las siguientes líneas subvencionables, pudiendo los clubes y asociaciones deportivas acogerse a las siguientes modalidades de ayuda de manera simultánea:
1.      Realización de actividades deportivas de Clubes y Asociaciones federadas y no federadas, así como su clasificación.
2.      Asistencia y clasificación en fases finales deportivas de ámbito Nacional o Autonómico.
3.      Promoción y fomento de Escuelas deportivas de base en la estructura del Club,  inscrita en el Registro de Asociaciones municipal y autorizadas por la Delegación de deportes.
4.      Participación de los Centros Escolares en las actividades deportivas del “Deporte Infantil” (Juegos Escolares)
5.      Colaboración de los  Clubes y entidades deportivas  con la actividad deportiva escolar.
6.      Organización por los Clubes de eventos deportivos de carácter extraordinario y de amplia participación.
7.      Ayuda a deportistas individuales destacados ribereños no adscritos a un club local y que residan en Aranjuez.

3.- Beneficiarios

A efectos de lo dispuesto en estas bases tendrán la consideración de beneficiario las personas físicas y jurídicas, así como las Entidades o Clubes deportivos que, encontrándose legalmente constituidos participen, tanto de forma individual como colectiva en competiciones deportivas, promuevan la práctica deportiva y sean consideradas de interés general y que cumplan los requisitos establecidos en el siguiente punto, y bajo las condiciones previstas en la Ordenanza General de Subvenciones aprobada por acuerdo plenario de fecha 20 de Enero de 2006:
“Cuando el beneficiario sea una persona jurídica, se aplicarán todas las obligaciones y derechos inherentes a la condición de beneficiario a todos los miembros de la entidad que se comprometan por escrito a cumplir con los requisitos exigidos para la percepción de la subvención. En cualquier caso, en la solicitud correspondiente, se deberá acreditar la existencia de al menos un representante, que actúe en nombre y por cuenta de la persona jurídica y que asuma por escrito el cumplimiento de las obligaciones derivadas de la aceptación de la subvención.
Podrán obtener la condición de beneficiarios las agrupaciones de personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, las comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado que, aún careciendo de personalidad jurídica pueda cumplir con el objeto de la subvención. En estos casos, deberá nombrarse un representante o apoderado único, con poderes bastantes para asumir el compromiso de ejecución de la subvención, aplicación de la totalidad de los fondos de la misma y cumplimiento del resto de las obligaciones que corresponden a la figura del beneficiario. En cualquier caso, los requisitos y obligaciones exigidos a los beneficiarios serán exigibles a todos los miembros de la entidad. Estas agrupaciones no podrán disolverse hasta que no hayan transcurrido los plazos de prescripción previstos en esta ordenanza o en la legislación que resultare de aplicación.
La justificación de la no concurrencia de las circunstancias descritas se realizará en el momento de presentar la solicitud de la subvención, con carácter general, mediante la firma del secretario o presidente de la entidad, o del representante de la agrupación o por la persona física solicitante.
La representación podrá acreditarse por cualquiera de los medios admitidos en derecho, o en su defecto, por una declaración jurada de la persona física, o certificado emitido por el secretario de la entidad”.
4.- Requisitos que deberán reunir los beneficiarios para la obtención de la subvención:

a) Con carácter general, para las personas físicas y jurídicas:
·         No estar incurso en ninguna de las causas de incompatibilidad para ser beneficiario recogidas en el artículo13 LGS.
·         No recibir ninguna subvención nominativa con cargo al Presupuesto General del Ayuntamiento de Aranjuez.
·         Carecer su actividad de fines de lucro.
b) Con carácter particular para las Personas jurídicas o Entidades Deportivas:
·         Estar inscrito en el Registro municipal de Asociaciones de Aranjuez, debiendo estar previamente inscritas en el Registro de Entidades deportivas de la Comunidad de Madrid.
·         Estar inscrito en la Federación Autonómica Madrileña y/o nacional para los clubes federados.
·         Tener su domicilio social en el municipio de Aranjuez y/o ejercer la actividad deportiva en el municipio de Aranjuez.
·         Tener UN AÑO de antigüedad en la localidad como Club o Asociación deportiva desde la fecha de la convocatoria, debiendo acreditar  dicha antigüedad en el Registro de Asociaciones municipal,  así como su actividad deportiva durante ese tiempo.
·         No podrán ser beneficiarios de estas subvenciones aquellos Clubes o Asociaciones  deportivas que tengan deudas contraídas con el Ayuntamiento de Aranjuez, salvo que las mismas estén debidamente garantizadas.
·         Deberán remitir un resumen de las cuentas anuales del Club o Asociación deportiva debidamente aprobadas y presupuesto para el siguiente ejercicio económico.
·         Carecer su actividad de fines de lucro.
 c) Con carácter particular para las personas físicas:
·        Tener su residencia habitual en el municipio de Aranjuez con una antigüedad mínima de DOS AÑOS de empadronamiento y/o ejercer la actividad deportiva en el Municipio de Aranjuez o le beneficie de forma directa si lo realiza fuera de la localidad.
·        Tener ficha en alguna de las Federaciones Autonómica Madrileña y/o Nacional.
·        Los requisitos exigidos en las presentes Bases se tienen que acreditar a la fecha de finalización del plazo de presentación de las solicitudes.

5.- Cuantía global máxima objeto de subvención
El crédito destinado a la presente convocatoria asciende a un importe máximo de  177.000€, con cargo a la partida presupuestaria 43 3410 48900, Subvenciones deportivas municipales.
Estas subvenciones son compatibles con la percepción de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos procedentes de otras entidades públicas o privadas en los términos establecidos en la Ordenanza General de Subvenciones, es decir, siempre y cuando el importe total de las cuantías percibidas no supere el coste total de la actividad.
6.- Solicitudes y plazo de presentación

Las solicitudes se formalizarán en los impresos normalizados que figuren en el anexo de esta convocatoria. Estas solicitudes irán dirigidas a la Concejalía de Deportes y  se presentarán en el Registro General o en los Registros Auxiliares del Ilustre Ayuntamiento de Aranjuez. También podrán presentarse en los registros y oficinas a que se refiere el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
El modelo oficial de presentación de solicitudes podrá recogerse en cualquiera de las oficinas del registro citadas o descargarse de la página Web del Ayuntamiento de Aranjuez.
El plazo de presentación de solicitudes será de 22 días hábiles desde que se abra la convocatoria y sea expuesta públicamente las presentes bases  en lo medios oficiales municipales, abriéndose por tanto el plazo desde el día 5 al 30 de noviembre de 2015. El incumplimiento del plazo establecido determinará automáticamente la exclusión de la solicitud.

7.- Exclusiones

Será motivo de ser excluidas las solicitudes afectadas por alguna de las causas establecidas en la Ordenanza General de Subvenciones:

“1. Haber sido condenado mediante sentencia firme a la pena de pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones o ayudas públicas.
2. Haber solicitado la declaración de concurso, haber sido declarado insolvente en cualquier procedimiento, hallarse declarado en concurso, estar sujeto a intervención judicial o haber sido inhabilitado conforme a la Ley Concursal sin que haya concluido el periodo de inhabilitación fijado en la sentencia de calificación del concurso.
3. Haber dado lugar, por causa de la que se le hubiere declarado culpable, a la resolución firme de cualquier contrato celebrado con la Administración.
4. Estar incursa la persona física, los administradores de la sociedad o aquellos que ostenten la representación legal de otras personas jurídicas, en alguno de los supuestos de incompatibilidad de la Ley 12/1995, de 11 de mayo, de Incompatibilidades de los Miembros del Gobierno de la Nación y de los Altos Cargos de la Administración General del Estado, de la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del Personal al servicio de las Administraciones Públicas, o tratarse de cualquiera de los cargos electivos regulados en la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General, en los términos establecidos en la misma o en la normativa autonómica que regule estas materias.
5. No hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias o frente a la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes.
6. Tener la residencia fiscal en un país o territorio calificado reglamentariamente como paraíso fiscal.
7. No hallarse al corriente de pago de obligaciones por reintegro de subvenciones anteriormente concedidas o no haber justificado debidamente las mismas según resolución del órgano concedente.
8. Haber sido sancionado administrativamente mediante resolución firme con la pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones.
9. No haber presentado la justificación correspondiente a otras subvenciones concedidas con anterioridad por el Ilustre Ayuntamiento de Aranjuez en la fecha máxima de presentación de solicitudes para la concesión de nuevas subvenciones.
10. No hallarse al corriente de las obligaciones tributarias con el Ilustre Ayuntamiento de Aranjuez en la fecha máxima de presentación de solicitudes para la concesión de nuevas subvenciones.
Quedarán automáticamente excluidos de la presente convocatoria aquellos Clubes  y Asociaciones deportivas que no tenga debidamente justificadas las ayudas o subvenciones percibidas del Ayuntamiento de Aranjuez en convocatorias anteriores, así como los que no cumplan con la normativa vigente establecida por la Comunidad de Madrid y en sus respectivos Estatutos, respecto a la celebración de procesos electorales para el nombramiento de la pertinente composición de la Junta Directiva, que deberá realizarse como máximo cada cuatro años.
No podrán obtener subvención alguna aquellos solicitantes que reciban subvenciones del Ayuntamiento de Aranjuez a través de otras Delegaciones Municipales por el mismo concepto o tengan suscritos Convenios de Colaboración con el Ayuntamiento.
Así mismo quedan excluidas expresamente de esta convocatoria las organizaciones políticas, sindicales y empresariales.

8.- Documentación a presentar junto con la solicitud

Junto con la presentación de solicitudes deberá adjuntarse el original o la copia compulsada según la legislación vigente de la siguiente documentación:
Personas físicas:
a)      Fotocopia  del D.N.I. del solicitante o su representante legal.
b)      Autorización, para que la Tesorería Municipal emita un informe de oficio,  de estar al corriente de las obligaciones tributarias en la fecha de presentación de la solicitud.
c)      Impreso de Alta de Terceros debidamente cumplimentado o expresa mención de que ya se haya realizado su presentación. El titular de la cuenta bancaria deberá ser el solicitante o su representante, sin que pueda admitirse ningún otro supuesto.
Personas jurídicas:
a)      Fotocopia del D. N. I. del representante legal y del C. I. F. de la entidad.
b)      Autorización, para que la Tesorería Municipal emita un informe de oficio,  de estar al corriente de las obligaciones tributarias en la fecha de presentación de la solicitud
c)      Impreso de Alta de Terceros debidamente cumplimentado o expresa mención de que ya se haya realizado su presentación. El titular de la cuenta bancaria deberá ser la entidad solicitante o su representante legal, sin que pueda admitirse ningún otro supuesto.

Otras entidades sin personalidad jurídica:
                        a)  Fotocopia del D. N. I. del representante legal.
                        b) Autorización, para que la Tesorería Municipal emita un informe de oficio,  de               estar al corriente de las obligaciones tributarias en la fecha de                                              presentación de la solicitud.
                        c) Impreso de Alta de Terceros debidamente cumplimentado o expresa mención                de que ya se haya realizado su presentación. El titular de la cuenta bancaria                    deberá ser la entidad solicitante o su representante legal, sin que pueda admitirse              ningún otro supuesto.
La presentación de solicitud implica la aceptación de la totalidad de la regulación descrita en las presentes Bases y en la Ordenanza General de subvenciones municipales aprobada por acuerdo plenario de fecha 20 de Enero de 2006.

9.- Criterios de valoración de las solicitudes

Para la concesión de estas subvenciones, siempre que el solicitante cumpla los requisitos exigidos y no esté previsto en ninguna causa de exclusión, se tendrán en cuenta los criterios de valoración aprobados por el Consejo Municipal de Deportes y la Comisión de Valoración de subvenciones deportivas, en base a la:
·         Realización de actividades deportivas de Clubes y Asociaciones federadas y no federadas, así como su clasificación.
·         Asistencia y clasificación en fases finales deportivas de ámbito Nacional o Autonómico.
·         Promoción y fomento de Escuelas deportivas de base en la estructura del Club,  inscrita en el Registro de Asociaciones municipal y autorizadas por la Delegación de deportes.
·         Participación de los Centros Escolares en las actividades deportivas del “Deporte Infantil” (Juegos Escolares)
·         Colaboración de los  Clubes y entidades deportivas  con la actividad deportiva escolar.
·         Organización por los Clubes de eventos deportivos de carácter extraordinario y de amplia participación.
·         Ayuda a deportistas individuales destacados ribereños no adscritos a un club local y que residan en Aranjuez.

10.- Procedimiento de concesión

El procedimiento de concesión será el de concurrencia competitiva, procedimiento mediante el cual la concesión de las subvenciones se realiza mediante la comparación de las solicitudes presentadas a fin de establecer una prelación entre las mismas de acuerdo con los criterios de valoración previamente fijados en las bases reguladoras y en la convocatoria, y adjudicar con el límite fijado en la convocatoria dentro del crédito disponible, aquellas que hubieren obtenido mayor valoración, sin que sea necesario agotar el crédito dispuesto para esta convocatoria si no se dieran las circunstancias par ello.

11- Publicidad de las subvenciones concedidas

Los beneficiarios deberán dar la adecuada publicidad del carácter público de la financiación recibida, haciendo en aquellos elementos en que sea posible que se ha recibido una colaboración por parte del Ilustre Ayuntamiento de Aranjuez, por lo que cualquier actividad susceptible de publicidad y que sea objeto de la subvención deberá incorporar el escudo del Ayuntamiento de Aranjuez con la leyenda “con la colaboración del Ilmo. Ayuntamiento de Aranjuez” y deberá aportarse copia de dicha publicidad en la justificación de la subvención.

12.- Procedimiento de concesión de la subvención

El órgano instructor del procedimiento será la Delegación de Deportes.
Recibidas las solicitudes de subvención, el examen y comprobación de las mismas se llevará a cabo por una Comisión de Valoración formada por:
-       El Concejal delegado de deportes
-       El Director deportivo municipal que actuará igualmente como secretario
-       Un representante de cada grupo político que forme parte de la Corporación Municipal.

Expirado el plazo de presentación de solicitudes la Comisión de Valoración podrá requerir al interesado para que subsane los defectos detectados en la solicitud en el plazo de 3 días naturales desde la notificación, en la que se advertirá que de no producirse dicha subsanación se le tendrá por desistido de su solicitud.

Examinadas las solicitudes presentadas, y concluido el plazo de subsanación de errores en su caso, la Comisión de Valoración emitirá un informe en el que se incluya, como mínimo, las solicitudes desestimadas y el motivo de la desestimación, las solicitudes estimadas y la cuantía de la subvención a conceder, y el cumplimiento de los requisitos previstos en las presentes bases.

El órgano instructor, recibido el citado informe, emitirá a su vez otro informe en el que conste, como mínimo, las solicitudes desestimadas y el motivo de la desestimación, las solicitudes estimadas y la cuantía de la subvención a conceder, así como el cumplimiento de los requisitos previstos en las presentes bases.

El órgano instructor formulará propuesta de resolución ante la Junta Local de Gobierno, una vez escuchada la Comisión de Valoración.
La resolución hará constar de forma expresa:
a) La relación de solicitantes.
b) Los beneficiarios de las subvenciones y cuantías de las mismas.
c) Los criterios de valoración.
d) Mención expresa a la desestimación del resto de solicitudes.

El plazo máximo para resolver y notificar el procedimiento será de SEIS meses contados a partir del día siguiente al de finalización del plazo para presentación de solicitudes. Los interesados podrán entender desestimadas las solicitudes, por silencio administrativo, si transcurrido dicho plazo no se hubiere dictado y notificado resolución expresa.
La notificación de la resolución se realizará de acuerdo con lo previsto en el artículo 58 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Contra los actos de resolución expresa podrán interponerse potestativamente Recurso de Reposición ante el mismo órgano que dictó el acto o bien directamente Recurso Contencioso Administrativo.

Los beneficiarios deberán dar la adecuada publicidad del carácter público de la financiación recibida, haciendo en aquellos elementos en que sea posible que se ha recibido una colaboración por parte del Ilustre Ayuntamiento de Aranjuez.

13.- Gastos subvencionables y no subvencionables

Serán subvencionables los gastos realizados por el beneficiario que se encuentren directa y objetivamente relacionados con el objeto de la subvención, en las condiciones establecidas en la Ordenanza General de Subvenciones, aprobada por  acuerdo plenario de fecha 20 de Enero de 2006:
“Se consideran gastos subvencionables todos aquellos que se correspondan con el objeto de concesión de la subvención y se realicen en el plazo previsto para la ejecución de dicho objeto. Salvo lo previsto en la presente ordenanza, serán las bases reguladoras de cada subvención las que puedan determinar en cada supuesto los gastos subvencionables.
El gasto se considera realizado cuando haya sido efectivamente pagado antes de la fecha de finalización del periodo de justificación, salvo que la base específica reguladora de la subvención estableciera otra cosa. Se considerará cumplido este requisito cuando se presenten facturas, recibos, vales numerados o tickets de caja, pero en ningún caso se entenderá cumplido con la presentación de albaranes, presupuestos o cualquier otro documento análogo.
Todos los gastos realizados por el beneficiario, y que se presenten como justificación de los fondos percibidos, deberán contar con el adecuado soporte documental, se admitirán a estos efectos, facturas, recibos y tickets de caja u otros documentos análogos siempre que contengan, al menos los siguientes requisitos:
1. Identificación clara del prestador del servicio.
2. Identificación clara del perceptor del servicio (con carácter general debe coincidir con el beneficiario de la subvención).
3. Identificación clara del objeto del servicio.
4. Fecha de realización (deberá coincidir con el plazo señalado para realizar el objeto de la subvención percibida).
5. Cuantía total.
Cualquier otro requisito de carácter formal distinto de los expresamente citados no tendrá carácter esencial a los efectos de lo previsto en el artículo 216.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales”.
De igual manera a tenor del artículo 31 LGS, se consideran gastos subvencionables, aquellos que de manera indubitada, respondan a la naturaleza de la actividad subvencionada. Todos los gastos acreditativos de los gastos de la actividad subvencionada deberán corresponder al año natural en curso (es decir, al ejercicio presupuestario de la convocatoria).
En ningún caso, el coste de adquisición de los gastos subvencionables podrá ser superior al valor de mercado.
Se considera gasto realizado el que ha sido efectivamente pagado con anterioridad a la finalización del periodo de justificación determinado por la normativa reguladora de la subvención.

·         Gastos subvencionables: El destino de los fondos concedidos podrá destinarse a los siguientes conceptos o gastos corrientes que se especificarán en la solicitud:

a) Gastos de material deportivo y equipamiento deportivo, específico de la actividad.
b) Seguros de accidentes o responsabilidad civil.
c) Gastos derivados de la participación de los equipos deportivos en competiciones oficiales (cuotas de federaciones, licencia, mutualidad deportiva, arbitrajes, etc).
d) Trofeos, seguros y otros gastos derivados de la organización de los eventos deportivos.
e) Gastos de desplazamiento, alojamiento, manutención, siempre que correspondan a comidas en los desplazamientos de los equipos y se indique la actividad deportiva realizada.
f) Pequeños gastos de reparación, mantenimiento y conservación de bienes propios y arrendados.
g) Adquisición de material de oficina no inventariable.
h)  Material sanitario con destino al botiquín de la entidad y demás material específico, propio de su práctica deportiva.
i)  Gastos de monitores y entrenadores de equipos, así como profesores de escuelas deportivas.

·         Gastos no subvencionables: No serán subvencionables, en ningún caso, los siguientes gastos:

a) Honorarios de deportistas del Club
b)  Gastos de material de uso personal y que no sean específicos de la actividad. 
c)  La adquisición de mobiliario, equipos, bienes de carácter inventariable.
d)  La realización de gastos de inversión o de amortización.
e)  Los premios en metálico.
f)  Intereses, recargos deudores de las cuentas bancarias, recibos de tasas e impuestos municipales y gastos derivados de operaciones de crédito ni gastos financieros.
g) Sanciones administrativas y penales, así como los gastos de procedimientos judiciales.
h) Gastos derivados de celebraciones gastronómicas o protocolarias de ningún tipo, incluidos los realizados en clausuras de eventos deportivos o trofeos.
i)  Facturas de teléfonos móviles.
j) Gastos de asesoramiento legal o procedimientos judiciales.

14.-Abono de la Subvención

El Ayuntamiento en cualquier caso únicamente podrá financiar hasta el 50 % del presupuesto total del proyecto presentado y aprobado por los clubes y entidades que lo soliciten.
La cuantía a otorgar a cada beneficiario será la que se señale en el informe realizado por la Comisión de Valoración, teniendo en cuenta los criterios establecidos.
El importe de la subvención en ningún caso podrá ser de tal cuantía que, aislada o en concurrencia con otras subvenciones o ayudas supere el coste de la actividad subvencionada.
No podrá realizarse el pago de la subvención en tanto el beneficiario no se halle al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social o sea deudor por resolución de procedencia de reintegro.
El importe de la subvención se abonará cuando lo establezca la Tesorería Municipal.

15.- Justificación

La justificación de las subvenciones concedidas se realizará mediante la presentación de la oportuna cuenta justificativa acompañada de los documentos acreditativos del gasto.

a) Cuenta Justificativa: La rendición de la cuenta justificativa constituye un acto obligatorio del beneficiario. La cuenta justificativa deberá incluir una descripción de las actividades o conductas realizadas o de los comportamientos adoptados. Dicha descripción deberá ser lo más detallada posible e incluir un listado de los gastos realizados y los ingresos recibidos. El objeto de concesión de la subvención deberá coincidir con el descrito en esta cuenta justificativa. La cuenta justificativa deberá ir firmada,  bajo la responsabilidad del declarante, por el solicitante de la subvención, su representante, o el secretario de la entidad solicitante.
b) Documentos acreditativos del gasto: Junto con la cuenta detallada deberán presentarse los documentos acreditativos del gasto. Se admitirán todos los documentos descritos en el punto sexto de la Ordenanza General de Subvenciones aprobada por acuerdo plenario de fecha 20 de Enero de 2006.
La presentación de justificaciones debe presentarse en el modelo oficial aprobado por este Ayuntamiento, pudiéndose cumplimentar descargándose el modelo directamente de la página Web del Ayuntamiento.
El plazo de justificación de todas las subvenciones concedidas será el 30 de marzo de 2016. Estos plazos podrán ser objeto de prórroga por acuerdo del órgano concedente.
El órgano concedente de la subvención será el encargado de comprobar la adecuada justificación de la misma, así como la realización de la actividad y el cumplimiento de la actividad que determine la concesión o disfrute de la subvención.

16.- Obligaciones de los Beneficiarios de las subvenciones

De acuerdo con el artículo 14 LGS, las Entidades subvencionadas adquieren las siguientes obligaciones:
a) Cumplir el proyecto o actividad que fundamentó la concesión de la subvención.
b) Justificar ante el Ayuntamiento de Aranjuez, el cumplimiento de los requisitos y condiciones, así como la realización de la actividad y el cumplimiento de la finalidad que determinen la concesión o disfrute de la subvención.
c) Dar la adecuada publicidad del carácter público de la financiación de programas, actividades, inversiones o actuaciones de cualquier tipo que sean objeto de subvención, y que son financiadas por el Ayuntamiento de Aranjuez. Dicha publicidad se efectuara mediante la inserción de la leyenda “Colabora el Ilmo. Ayuntamiento de Aranjuez” y el escudo municipal, que se insertara: en todo el material gráfico que se elabore, en camisetas, vallas publicitarias en las instalaciones, catálogos, folletos, carteles. Dicha publicidad se efectuará durante todo el periodo de realización se la actividad subvencionada.
d) Someterse a las actuaciones de comprobación y control que sean debidamente requeridas por los órganos municipales, aportando cuanta información le sea requerida en el ejercicio de estas actuaciones y que estén relacionadas con la concesión de la subvención.
e)  Comunicar al Ayuntamiento la obtención de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos que financien las actividades subvencionadas. Esta comunicación deberá efectuarse tan pronto como se conozca y, en todo caso, con anterioridad a la justificación de la aplicación dada a los fondos percibidos.
f)  Acreditar con anterioridad a dictarse la propuesta de resolución de concesión que se halla al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
g) Conservar los documentos acreditativos de la aplicación de los fondos recibidos, incluidos los documentos electrónicos, en tanto puedan ser objeto de las actuaciones de comprobación y control.

17.- Infracciones, sanciones y reintegros

Todo lo referente a la comisión de infracciones, las  causas de reintegro y el procedimiento para la imposición de sanciones se regirá por lo previsto en la Ordenanza General de Subvenciones aprobada por acuerdo plenario de  fecha 20 de Enero de 2006.

18.- Régimen jurídico.

En lo no previsto en las presentes bases será de aplicación lo recogido en la Ordenanza General de Subvenciones aprobada por acuerdo plenario de 20 de Enero de 2006.

19.- Anexos:
Leer más...

Liga Local de Pádel de Aranjuez

Ranking del CE Pádel Aranjuez
01 - 15 de noviembre

CLASIFICACIÓN


1 RAUL AGUIRRE / GERARDO CINTAS
2 RAUL BELLO / RAFA SALMERON (ENTREAMIGOS)
3 MARIO CARNICERO / JAVIER HUERTA (INTERSPORT)
4 JORGE NARANJO / ALBERTO MONTANO (DUBLINER IRISH COFFE)
5 JAVI RAMOS / GABRIEL AGUILAR (LOHADE)
6 JESUS ALONSO / ROBERTO SANCHEZ-BEATO (FOSTER HOLLYWOOD)
7 ALVARO PRIETO / GERMAN GAMERO (PADEL BARCELO)
8 SANTIAGO CAMARERO / FRANCISCO NARANJO
9 RICARDO CANTERO / JOSE MIGUEL LORENZO (PADEL LOVE)
10 DANIEL BELLO / VICTOR ALBAR
11 OSCAR MARTIN / CARLOS CABALLERO (POSTAS 18)
12 IVAN BAQUERO / RUBEN REINO (CONSTRUCIONES Y REFORMAS ARAGON)
13 SAMUEL MOLINA / TONY MARTOS (MEXEM)
14 VICTOR MANCHEÑO / BENITO ALZORRIZ (PEUGEOT ATRANSA)
15 CARLOS FONTECHA / CRISTIAN CHOCANO
16 FERNADO SANCHEZ / ALVARO MARCOS
17 HUGO / ALFONSO SANCHEZ
18 ALFREDO MARIN / QUINI ALVAREZ
19 JOSE / FRANCISCO SEGURA
20 AITOR ALONSO / INMANOL ALONSO
21 PACO LOMO / JOSE MUDARRA (BANCO SABADELL)
22 JOSE ARMENTEROS / ALBERTO ALVAREZ
23 DAVID DEL NUEVO / HECTOR CARO (LUZ Y COLOR)
24 RUBEN AVILA / AITOR AVILA
25 SERGIO BURGOS / ERNESTO BLANCO (PIZZERIA PICOLA) 1
26 EUSEBIO MONTANO / PACO ARJONA
27 FELIX NARANJO / MIGUEL BAQUERO
28 LUIS MIGUEL MARTIN-TEMBLEQUE / JUAN HORNILLOS (HORNILLOS ABOGADOS)
29 JACOBO HERRERA / CARLOS AREVALO
30 JUAN CARLOS SEGUIDO / RAFA ORDAX
31 CARLOS PLA / JAVI LOPEZ
32 JOSE RUBIO / RAFA ORDAX
33 GERARDO SALMERON / CARLOS PEÑO
34 GREGORIO TRUJILLO / LUIS RUBIO 1
35 ALEJANDRO MARTIN / JOSE LUIS VIZCAINO
36 ALBERTO MATEO / GUSTAVO ESCOLAR
37 ALEJANDRO DOLADER / ENRRIQUE
38 DANIEL CATALAN / TOMAS PEDRERO (DREAMS PELUQUEROS) 1
39 ALFREDO / LUIS MARTIN
40 JUAN LUIS GUARDIA / JUAN MANUEL SALGADO
41 PEDRO VARGAS / JUAN ANTONIO 1
42 CRISTINA SAEZ / PATRICIA GRACIA (FORD MOTORAUTO LEGANES)
43 JOSE MIGUEL ANTEQUERA / JOSE ANGEL GIL (AUTOESCUELA JOMI)
44 DANI VALDERAS / QUIQUE DIAZ
45 JOSE CUCHILLO / ELIGIO
46 SERGIO BELTRAN / LUIS CRESPO
47 LUIS FONTECHA / LUIS ALBERTO SIMON
48 CRISTIAN GALLEGO / RICHARD GALLEGO (DON PAL PIE)
49 FRAN ALONSO / GONZALO ALONSO 1
50 DAVID GALVEZ / ALBERTO FERNANDEZ 1
51 CARMEN RUIZ / ESTHER GONZALEZ (OPTICA LOHADE)
52 DANIEL SERENA – DIEGO HIGERAS
53 RAMON FERNANDEZ / ALEJANDRO ALVAREZ
54 SANTI HERRERO / RAFA PEREZ
55 DAVID BLANCO / JUAN MANUEL CARVAJAL
56 FERNANDO SANCHEZ / PEDRO REDONDO
57 JUAN ANGEL CABALLERO / SERGIO FERNADEZ
58 JULIAN MORATALLA / MANOLO MORATALLA
59 FRANCISCO RIVERA / JAVIER MONTALBAN
60 JAIRO MAQUEDA / DANIEL SANTIAGO
61 CARLOS MARTINEZ / FERANDO GOMEZ
62 GERARDO ESCUDERO / GERARDO ESCUDERO
63 JOSE OVALLE / CAMILO FRUTOS
64 TANIA DEL ALAMO / VICTOR ROCHA
65 ALFREDO / NURIA
66 NIEVES ESCOBAR / ANA BELEN SAINZ
67 AMARA / SORALLA
68 MARIA MARTIN / CARMEN MEDINA
69 GELES APARICIO / COMPI (PRINSA)
70 TAMARA GIVICA / ANA GONZALEZ
71 SAUL BALTASAR / JAIME BRIZ (ESCUELA PADEL ARANJUEZ)
72 REBECA CAMPOS / PATRICIA BRIONES
73 CARLA LEON / ANA CLEMENTE
74 LAURA ROBLES / ANGELA
75 MARINA TORRES / ALBA GARCIA-TEMBLEQUE

Noticias relacionadas




Leer más...

Lianes y Camuñas ganan el Medio Maratón de Pesca

Centro Cultural de Pesca Fluvial de Aranjuez
Gustavo Lianes y Carlos Camuñas.
Gustavo Lianes y Carlos Camuñas fueron los vencedores absolutos del Medio Maratón organizado el pasado día 24 por el Centro Cultural de Pesca Fluvial de Aranjuez.

Desarrollado en aguas del río Tajo a su paso por el Rancho Grande y con el concurso de 22 parejas, Carlos Camuñas y Gustavo Lianes fueron primeros de su zona y primeros en la general con la captura de 36 kilos ¡de alburnos!, pequeño y escurridizo pez.

En segunda posición absoluta y primera de su zona resultó el dúo formado por los hermanos Román, José Luis y Alberto, quienes dieron a la báscula 21 kilos ¡también de alburnos!

Noticias relacionadas

Liga del Río Tajo: 3ª Jornada

Liga Social de Pesca: 10ª Jornada

Liga del Río Tajo: 2ª Jornada


Leer más...

Club Olímpico Aranjuez

Club Olímpico Aranjuez
Cadete femenino B.
Parque Cataluña Torrejón 66 - Senior MasA 59
15-20, 12-14, 22-16 y 17-9

Jaime de la Vega 16, Dani Tirado 4, Carlos Martínez 12, Alfonso Calvo 9, Guillermo Prieto 9, Kelvin Abreu 6, David Zamorano, Álvaro Marín 1 y Dani Onufryjenko 2. 

Otro final de infarto de nuestros senior. El partido estuvo dominado por el equipo visitante hasta el minuto 38 en que los locales encadenaron 3 triples consecutivos para coger su primera ventaja y a partir de ahí se sucedieron 12 tiros libres hasta el final del partido.

Senior MasB 51 - Uros de Rivas 59
13-13, 15-21, 7-14 y 16-11

Kelvin Abreu 4, Fran Franco 3, Dargenis García 10, Manu Anglada 2, Diego del Pozo 1, Miguel Macián 7, Sergio Fernández, Luis cabañas 11, Felipe Prieto 7 y Sergio Ramos 6.

Nuestro equipo no dejó de pelear durante todo el encuentro pero necesitamos más orden y entendimiento del juego para empezar a funcionar como un verdadero equipo. Mucho trabajo por delante. ¡Ánimo chavales!

Estudio 43 - Senior Fem. 47
11-13, 13-12, 6-9, 13-13

Ana Díaz 3, Henar 1, Irene Díaz 2, Coro 5, Esther 10, Pili 9, Ana Pantoja 7, Sonia 6 y Lucía 4.

Partido de trámite debido a las bajas, la falta de la referencia interior y la lesión 
en el primer cuarto de una de nuestras jugadoras hizo tener que entrar en rotación a otra jugadora con molestias, todo esto hizo que tuviéramos que reajustar mucho, gran trabajo y esfuerzo de las chicas que lucharon contra todo lo que se podía luchar.

Alcorcón Basket 54 - Junior MasA 36

Víctor, Dempsey, Roberto 3, Guille 1, Iván 4, Coro 4, Jaime 4, Chema 10, Jorge 9 y Carlitos 1.

Derrota merecida pero seguimos trabajando duro y mejorando.

Junior MasB descansó

CREF Hola 53 - Junior FemA 50
10-10 15-13, 8-13 y 20-14

María Vega 4, Enma Martínez 10, Lucía González 2, Lucía Campo 7, Ana García 2, Elena Arjona 14, Amanda Nieves, Marta Martín 8, Míriam González 3, Hiomar Durán, Inés Calle y Celia Carrero.

Fantástico partido contra un gran equipo, líder e invicto del grupo, formado por jugadoras altas (5 de ellas superaban el 1,80 de estatura), fuertes y rápidas, al cual no solamente supimos plantar cara sino incluso superar en varias fases del partido a base de intensidad, concentración y trabajo. Tuvimos el partido en nuestras manos cuando a falta de 25 segundos para la finalización del mismo y con 1 abajo dispusimos de la última posesión, lastima no supiésemos aprovecharla. Enhorabuena chicas, este es el camino.

Ciudad Móstoles 52 - Junior FemB 24
17-11, 8-4, 11-2 y 16-7

María 1, Marta 2, Míriam 4, Sheila 2, Irene 11 y Laura 4.

Aguantamos los dos primeros cuartos; tras el descanso las chicas lo intentaron, la falta de suerte y el escaso número de jugadoras (éramos solamente 6), provocó el resultado tan abultado. Destacar que lucharon hasta la extenuación durante todo el partido. En tiros libres un 63 %, 5 de 8.

Cadete MasA 31 - Baloncesto Leganés 75

Marcos, Cristian, Javi 4, Alex 2, Antón 3, Adrián 2, Víctor 11, Samu, Juanfran 1, Borja 2 y Juan 6

Empezamos muy bien en el 1º cuarto con una defensa agresiva que puso entre las cuerdas al equipo contrario, pero con muchos fallos en ataque. En el 2º cuarto nos llevaron a la línea del tiro libre donde nuestro porcentaje fue “pésimo” y la defensa hizo aguas. Tras la charla de vestuario en el descanso se salió de nuevo con ganas de trabajar y estuvimos algo más acertados en ataque, pero en el 4º cuarto empezó de nuevo la flojera, los despistes, los malos pases, etc... En fin a perder balones que propiciaron muchos contraataques de los contrarios. No podemos perder tantos balones por falta de concentración. Hay que mejorar el 10/25 en tiros libres.

Cadete MasB 54 - Buen Consejo 43

Tercer partido contra un rival a priori inferior pero que supo aprovechar nuestras debilidades en defensa. Partido en el que se puede apreciar los primeros frutos de trabajo en los entrenamientos, si bien, queda mucho por recorrer, sobre todo en defensa. La actitud de los jugadores continúa en ascenso. Seguimos disminuyendo la pérdida de balones, sin embargo el despiste en defensa continúa con altibajos, sobre todo al final del 3º/4º y gran parte del 4º/4º, donde acumulamos la mayoría de los puntos en contra. Esta vez los papeles estuvieron mejor repartidos, donde los pivots anotaron la mayoría de los puntos, destacando a Rodrigo Salinero encestado casi todo lo que llegaba a sus manos, lo que nos permitió ir todo el partido por delante en el marcador con cierta holgura. De no haber sido asi, debido a la baja defensa al final del partido el resultado final hubiera sido algo incierto. En definitiva, la mejoría general del equipo se sigue notando.

Baloncesto Leganés 71 - Cadete MasC 33 


Femenino Alcorcón 58 - Cadete Fem64
9-22, 26-17, 7-14 y 16-11

Zaira, María, Belén, Lola, Naiara, Emma, Naoual, Yasmina, Marina y Míriam.

Gran partido ante un muy buen equipo en una pista complicada. Tras un magnífico primer cuarto, el equipo supo aguantar las embestidas del rival. El carácter mostrado fue clave en la victoria. Todas las jugadoras anotaron. A currar esta semana y a por Alcobendas. ¡Go, paquetes!

Cadete FemB 45 - Plenilunio Arcos 64

Cadete Fem48 - Liceo Sorolla Prodet 44
18-4, 7-13, 10-14 y 13-12

Lara Úbeda 4, Míriam Díaz, María Marín 9, Elisa Palazón 10, Houda Mribih, Ibti Bakal 6, Alba Franco 6, Marta Sánchez, Esther García 5, Inés de La Guía 4 y Elena Esteban 2.

Buen partido, gran primer cuarto del equipo con gran intensidad desde el primer segundo del encuentro buenas decisiones. Después pequeños despistes han dado al equipo contrario opciones de meterse en el partido hasta el último cuarto que nos hemos vuelto a centrar y sacar adelante el partido. 
Seguimos aprendiendo.

Infantil MasA - Estudio 15/11

Infantil MasB 60 - Cubas Basket 36
18-10, 16-10, 18-9 y 8-7.

Primera victoria de nuestro equipo en casa, lo que hace coger más confianza al grupo frente a partidos futuros. Aunque ganamos de una diferencia amplia, concedimos demasiadas canastas fáciles al rival. Lo que denota falta de intensidad defensiva y de concentración. Seguimos trabajando para mejorar. 

Infantil Fem. A - Virgen Atocha 08/11

Infantil FemB 28 - Tres Cantos 69
2-13, 8-27, 6-10 y 12-14

Irene Granado, Ainhoa 6, Shalma Puerta 2, Paula Cerrato 3, Inés Benito 4, Laura Pollo, Inés Vallés, Rosa Gómez 6, Nerea Gómez 1 y María Contreras 6.

Pese a la derrota, buen partido de las chicas, en el que se vieron detalles de lo trabajado durante la semana en los entrenamientos. Todas estuvieron concentradas y supieron jugar en equipo. Aunque nos queda mucho trabajo pendiente, sobre todo en defensa, tengo que felicitarlas por el esfuerzo que hicieron. Cabe destacar la actuación de Ainhoa  que estuvo espectacular en todos los aspectos. Gran trabajo chicas.

Caldeiro 65 - Alevín Mas53
14-4, 24-12, 30-18, 38-26, 48-34 y 65-53

Carlos Horcajada 4, Marcos Alcalá 10, Ángel Puerta 2, Luis Martín 2, Javier Gómez, Héctor Arráez 2, Daniel González, Lawrence Agoi 6, Javier Gargantilla 2, Daniel Guerrero 2, Juan Juárez 15, Mario Robles 8.

Partido perdido ante un rival asequible. Grandes lagunas de concentración seguido de muy buenas acciones colectivas de ataque y defensa. Seguiremos trabajando la solidez mental de los chicos para evitar esos despistes que, como ha sido en este caso, ha hecho que se nos escape un partido que estaba al alcance de nuestras posibilidades. Los chavales mejoran semana a semana pero nos queda un largo camino por delante.

Alevín Fem46 - Villalba Campus 46
13-8, 19-12, 25-20, 29-32, 34-38 y 46-46.

Marta Casas 0, Gema Raserón, Sara Martín 4, Laura Díaz 2, Sara Couso, Yaiza Molina 7, Lucía Valhermoso, Irene Abanades 8, Luna García 3, Esther Condesa, Candela Reyes 11 y Marta Raserón 8.

Un empate con sabor a victoria. Las chicas supieron llevar el inicio de partido con mucha intensidad en defensa y acertadas en anotación todo lo contrario a los tiempos 4º y 5º donde redujimos la intensidad y el acierto en anotación desapareció (las canastas se salían de dentro del aro prácticamente) al final del 5º las chicas recuperaron la intensidad tanto es así que conseguimos 6 puntos en el último minuto del 6º lo que nos dio el empate. Seguiremos puliendo detalles trabajando duro, paso a paso.

Noticias relacionadas




Leer más...

3 de noviembre de 2015

Concurso de Canaricultura de Aranjuez: Resultados y fotos

Canaricultura Aranjuez
Fiel a su cita otoñal, y van quince ediciones, la Asociación de Canaricultores de Aranjuez ha organizado su Concurso-Exposición con 1.300 ejemplares que reciben al visitante en la antigua caseta de Fadesa en el Tranzón de las Doce Calles. 

El recinto ha sido durante una semana el hogar de estas aves de concurso –llegadas desde varios puntos de España en las jaulas de 120 criadores- que se han repartido los galardones en las modalidades de canto, postura y coloración, tanto individualmente como por equipos, con grandes resultados para los criadores ribereños. 

Tras las decisiones de los jueces, los barrotes lucen orgullosos sus escarapelas acreditativas y el domingo a mediodía se otorgarán los trofeos de este evento de prestigio nacional que afina los animales de cara al próximo Campeonato de España de Talavera de la Reina. 

La muestra está abierta hasta el viernes de 17 a 21:00 h y el sábado de 11 a 21:00 horas.

ALBUM de Fotos (18 imágenes)



RESULTADOS

Canaricultura Aranjuez

Canaricultura Aranjuez

Canaricultura Aranjuez

Canaricultura Aranjuez

Canaricultura Aranjuez

Canaricultura Aranjuez

Canaricultura Aranjuez

Canaricultura Aranjuez

Canaricultura Aranjuez

Canaricultura Aranjuez


Noticias relacionadas





Leer más...
© CAMPEONES de Aranjuez por sí o como cesionaria es propietario de todos los derechos de propiedad intelectual e industrial de su página web, así como de los elementos contenidos en ella. Todos los derechos reservados. En virtud de los artículos 8 y 32.1 párrafo segundo de la Ley de Propiedad Intelectual quedan expresamente prohibidas la reproducción, la distribución y la comunicación pública, incluida su modalidad de puesta a disposición, de la totalidad o parte de los contenidos de esta página web con fines comerciales y/o informativos en cualquier soporte y por cualquier medio técnico sin la autorización de CAMPEONES de Aranjuez. El USUARIO se compromete a respetar estos derechos y podrá visualizar los elementos de la web, imprimirlos, copiarlos y almacenarlos exclusivamente para su uso privado. CAMPEONES de Aranjuez no se hace responsable de los comentarios vertidos en sus entradas ni de las opiniones expresadas en sus cartas aunque se reserva el derecho de editar o retirar los mismos.

Páginas vistas

FOTOS y VIDEO: Desfile de la Olimpiada de Apóstol Santiago

FOTOS: Finales del Atletismo Escolar

FOTOS: Cross de Litterator

FOTOS: II Jornada de Atletismo Escolar

Lo más visto de la semana



Archivo