22 de junio de 2020
Toni Morales ficha por la AD Parla
Nace la Oficina Técnica de Coordinación con Municipios en materia deportiva
La Oficina Técnica de Coordinación de Municipios se trata de un proyecto piloto enmarcado dentro del Plan Director y Estratégico de Actividad Física y Deporte de Calidad de la Viceconsejería de Deportes de la Comunidad de Madrid.
Forma parte de una serie de medidas para asegurar una coordinación permanente entre la consejería y las entidades locales de la región. A través de este servicio, se pone en disposición de los agentes deportivos de la región una herramienta que facilite su comunicación y coordinación con la Comunidad de Madrid.
La oficina se estructura en dos áreas o unidades diferenciadas, que serán implementadas de forma progresiva. En una primera fase, se crea un sistema de información y comunicación especifica con las entidades locales, mientras que en la segunda se contempla la creación de una unidad enfocada a facilitar procesos de calidad en los servicios deportivos municipales.
Entre los objetivos del proyecto se encuentran proporcionar a las entidades locales información general y orientación sobre los servicios, programas, procedimientos, ayudas y subvenciones competencia de la Consejería de Deportes; proporcionar información especializada sobre las acciones realizadas entre ambas instituciones, así como sobre aspectos jurídicos o técnicos en el ámbito deportivo; canalizar las solicitudes de información general o especializada realizada por las entidades locales; facilitar la coordinación entre diferentes unidades de la Viceconsejería de Deportes, y visibilizar buenas prácticas e información de utilidad de entidades locales que puedan ser replicadas o de utilidad para otras.
Para formar parte de la red de contactos de la oficina técnica cada entidad local deberá comunicar a la Oficina los datos de contacto de aquellos responsables municipales que desea incorporar. El contacto con la OTCM se debe hacer a través de un correo electrónico a coodinaciondeportes@madrid.org.
Colaboración con ayuntamientos
Desde la Comunidad de Madrid se está trabajando en fortalecer la colaboración entre administraciones para promover de manera efectiva la práctica de actividad física. Entre las últimas medidas adoptadas, se ha hecho efectiva la convocatoria de la quinta edición del Programa de colaboración institucional en proyectos de actividad física y salud para el próximo curso escolar, a través del cual se fomenta la práctica deportiva entre la ciudadanía en estrecha coordinación con los ayuntamientos de la región.
A través de este proyecto, iniciado en 2016, el Ejecutivo regional cofinancia proyectos de promoción de actividad física en espacios abiertos, impulsados por las entidades municipales de la Comunidad de Madrid.
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Por su parte, las escuelas tendrán autonomía para la organización de las sesiones, en función de sus características: asistencia alterna, semigrupos paralelos, distribución de alumnado, reordenación de horarios, turnos, o entradas y salidas escalonadas, entre otras medidas.
De igual manera, se facilitará la coordinación de las prácticas del alumnado que se encontraba recibiendo estos cursos y que son necesarias para obtener el correspondiente diploma. A este respecto, la Dirección General de Juventud ha ampliado los plazos para estas prácticas hasta el 31 de diciembre de 2022.
En la actualidad en la Comunidad de Madrid existe una escuela pública de carácter regional, y 66 escuelas de tiempo libre reconocidas, con diferentes titularidades: 5 municipales, 6 cuya titularidad depende de centros educativos, 21 de empresas, 8 de entidades religiosas y sociales, 23 de asociaciones, fundaciones y federaciones y 3 escuelas del Movimiento Scout.
A lo largo de 2019, las escuelas realizaron formación para 2.990 alumnos, en su mayor parte de cursos de monitor de tiempo libre, y se emitieron 2.341 diplomas.
Las personas interesadas pueden encontrar más información sobre las escuelas de tiempo libre de la Comunidad de Madrid en la siguiente página web.
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La piscina de Las Olivas reabre para uso deportivo: Protocolo
Se procederá a la limpieza y desinfección de la piscina para uso deportivo de acuerdo a lo señalado en los Art. 44 y 45 de la Orden SND/414/2020, de 16 de mayo, para la flexibilización de determinadas restricciones de ámbito nacional establecidas tras la declaración del estado de alarma en aplicación de la fase 2 del Plan para la transición hacia una nueva normalidad.
Se realizará una limpieza y desinfección antes de la apertura, entre turnos y al finalizar la jornada.
Se instalarán carteles informativos con medidas de higiene para la prevención del COVID19 en lugares bien visibles, al igual que se contará con dosificadores de geles hidroalcohólicos y desinfección del calzado.
2. Reserva de turno y horario de natación
Se habilitará un sistema de acceso y control que evite la acumulación de personas y que cumpla con las medidas de seguridad y protección sanitarias.
Las personas interesadas deberán llamar al 91 059 43 74 o enviar un correo electrónico a olivas@aranjuez.es en el horario de 09:00 horas a 21:00 horas.
IMPORTANTE: las reservas son INTRANSFERIBLES y no sé podrá reservar turno de nado de forma presencial.
Entre los datos, debe figurar el nombre, apellidos y DNI/NIE de todos los usuarios que van a hacer uso de la piscina, así como la turno/hora que solicita. En el caso de deportistas con prioridad de uso, deberán acreditar dicha condición en el momento de solicitud.
La reserva se podrá realizar entre las 09:00 h. y las 21:00 h. del día anterior al que se desee acceder a la instalación, por lo que no se podrá reservar turno de nado en el mismo día.
En el caso de deportistas con prioridad de uso, la reserva se debe realizar con 2 días de antelación, no teniendo prioridad de uso en caso de realizar la reserva con sólo un día de antelación.
La Delegación de Deportes deberá confirmar la reserva de instalación, en caso de no recibir contestación, la solicitud se entenderá por denegada.
Los turnos serán de una hora de nado, habiendo media hora entre turnos para que no se produzca acumulación de usuarios en los vestuarios, en zonas comunes y así se puedan cumplir con las medidas de seguridad y limpieza
Los turnos u horarios de nado serán de:
1º: 09:00h a 10:00h
2º: 10:30h a 11:30h
3º: 12:00h a 13:00h
4º: 13:30h a 14:30h
5º: 15:00h a 16-00h
6º: 16:30h a 17:30h
7º: 18:00h a 19:00h
8º: 19:30h a 20:30h
El aforo máximo por turno no superará en ningún caso el 30% de la capacidad de uso deportivo. Se deberá respetar la distribución de calles realizada por el personal de la instalación y atender en todo momento a sus indicaciones.
Para un mejor funcionamiento, se podrán establecer calles de nado rápido, lento e intermedio.
3. Prioridad de uso, personas con discapacidad y menores de 14 años
Para uso deportivo, podrán acceder a las mismas cualquier persona, teniendo carácter preferente el acceso de los deportistas federados, a través de la correspondiente licencia, en la federación deportiva cuyas modalidades y especialidades deportivas se desarrollen en el medio acuático: natación, salvamento y socorrismo, triatlón, pentatlón moderno y actividades subacuáticas
Según lo expuesto en el artículo 43.5 de la Orden SND/414/2020: “Únicamente podrá acceder con los deportistas un entrenador (el entrenador deberá usar chanclas y mascarilla fuera del agua y solo podrá ingresar al agua para correcciones técnicas en caso contrario deberá abonar el turno de nado). El entrenador deberá acreditarse debidamente, con excepción de las personas con discapacidad o menores que requieran la presencia de un acompañante”.
Los menores de 14 años sólo podrán acceder a al instalación si son deportistas federados y vienen acompañados por una persona adulta autorizada (entrenador, padre, madre, tutor, etc.), quién deberá permanecer en la zona de playa con chanclas y mascarilla. En el caso de que el acompañante desee acceder al vaso, deberá indicarlo a la hora de realizar la reserva, contará como un usuario más y deberá abonar su entrada.
Los acompañantes de personas con discapacidad o movilidad reducida, tendrán la misma consideración que los acompañantes de menores de 14 años y les será de aplicación la misma normativa.
4. Acceso, medidas y permanencia en la instalación
Conforme a lo establecido en la modificación Cinco de la OrdenSND/458/2020 del apartado 4 del artículo 43 de la Orden SND/414/2020 el aforo máximo por hora no podrá superar el 30%. Así mismo, en las piscinas se podrá permitir la práctica deportiva individual o aquellas prácticas que se puedan desarrollar por un máximo de dos personas en el caso de modalidades así practicadas, siempre sin contacto físico manteniendo las debidas medidas de seguridad y protección, y en todo caso la distancia de seguridad de dos metros. Cuando la piscina se divida por calles de entrenamiento, se habilitará un sistema de acceso y control que evite la acumulación de personas y que cumpla con las medidas de seguridad y protección sanitarias.
En la entrada de las zonas comunes, el usuario deberá llevar a cabo la desinfección del calzado y las manos con un desinfectante que estará situado en el acceso a la misma.
IMPORTANTE:
El material deportivo (chanclas, tabla, pull-bouy, gafas, aletas, palas, tuba, etc… debe ser desinfectado por el usuario antes de ingresar a la piscina.
No podrá acceder a la instalación ninguna persona que presente sintomatología compatible con COVID19 (tos, fiebre, dificultad respiratoria, etc.).
Para acceder a la instalación, se esperará en fila respetando la distancia de seguridad de al menos 2 metros entre usuario y usuario.
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- 15/06
- 14/06
- 13/06
- 12/06
- 11/06
- 10/06
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El Ayuntamiento paga el 50% de las subvenciones deportivas
"El compromiso del Equipo de Gobierno, que ha seguido trabajando intensamente en estos complicados momentos de pandemia, es poder hacer frente, lo antes posible, al otro 50% que aún falta por abonar", ha concluido el concejal.
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